¿Estás a punto de iniciar un negocio en un local, oficina o nave industrial? Enhorabuena. Eres uno de los muchos emprendedores que se ha decidido a dar el gran paso de iniciar su andadura laboral de manera independiente, algo que sin duda te acerca un poco más a tu sueño de convertirte en el dueño de tu propia empresa.
Pero ésta es también una decisión que entraña muchas responsabilidades, entre ellas conocer cuáles son tus nuevas obligaciones como empresario. Una de ellas y muy importante es la de contar con una licencia de apertura que te permita desarrollar en tu local el tipo de actividad que te propones. Si no conoces las características y los procedimientos para la solicitud de estas licencias, te los explicamos en este post.
Las licencias de actividad en 5 puntos clave
Antes de poner en marcha cualquier idea de negocio y por supuesto antes de su apertura, ya que de otro modo podría acarrear graves problemas con la Administración, te recomendamos que tengas en cuenta estos cinco puntos que definen de manera resumida todas las características que definen las licencias de actividad de un establecimiento.
1. ¿Qué es la licencia de apertura y actividad?
Cualquier local, oficina o nave industrial en la que vaya a desarrollarse una actividad comercial o de servicios tiene la obligación de estar en disposición de una licencia que acredite que las instalaciones están acondicionadas para dicho uso.
En este documento, conocido como licencia de apertura o licencia de actividad, se especifica que el establecimiento cumple con las condiciones de habitabilidad y seguridad exigidas por la ley para el desarrollo de esa determinada actividad.
Es importante destacar que, aunque hayas alquilado o comprado un local en el que ya se venía haciendo la misma actividad (por ejemplo, si montas una peluquería donde ya había una peluquería), las licencias de actividad se conceden al dueño del local por lo que es obligatorio renovarlas cada vez que se produce un cambio de titularidad y por lo tanto, también en caso de traspaso del negocio.
2. Tipos de licencia de actividad
Cada tipo de negocio tiene unos requisitos específicos. No es lo mismo montar una pescadería que una tienda de venta de cosméticos, por lo que el espacio en el que se desarrolla la actividad profesional también debe adecuarse a una serie de requisitos.
¿Y cuáles son esos requisitos? Curiosamente y salvo excepciones o coincidencias, no existe una legislación a nivel estatal que establezca cuáles deben ser las características específicas de un local comercial para el desarrollo de una determinada actividad, por lo que cada Ayuntamiento o Comunidad Autónoma es la que se encarga de establecer sus propias normas.
Independientemente de cuáles sean las condiciones que cada uno de ellos imponga para la concesión de estas licencias, sí que se puede hacer una distinción entre tres tipos de actividades:
- Actividades clasificadas: determinadas actividades tienen la consideración de nocivas o molestas para el resto de la comunidad. Algunas simplemente están relacionadas con servicios como la hostelería, que provocan humos o ruidos y que por ello exigen la adopción de medidas de higiene o de insonorización específicas. Otras tienen un carácter todavía más insalubre o peligroso y es por ello que únicamente se pueden desarrollar en zonas industriales, aparte de estar sometidas a un estricto control de seguridad.
- Actividades inocuas: su impacto medioambiental y las molestias que causan al público y a los vecinos no son verdaderamente significativas, pero en cualquier caso hay que tenerlas controladas. Se enmarcan en este grupo la mayoría de las actividades de los pequeños comercios, desde las tiendas de ropa hasta las pequeñas tiendas de alimentación de productos no perecederos o las oficinas que prestan servicios de cara al público.
- Actividades exentas: ¿eres autónomo y trabajas desde casa? Muchos profesionales (abogados, artesanos, músicos…) tienen un pequeño despacho en su propio domicilio. En estos casos no suele ser necesario disponer de ningún tipo de licencia de actividad puesto que no hay atención al público ni venta directa y la actividad no supone ninguna molestia para el resto de los vecinos.
3. El proyecto técnico
Tanto las actividades inocuas como las clasificadas están obligadas a obtener una licencia de apertura para poder empezar a operar en los locales comerciales y las naves industriales. Esto exige al titular del establecimiento estar en posesión de la documentación necesaria que permita al organismo competente la emisión de los informes municipales oportunos para la tramitación de la licencia de apertura.
Únicamente los profesionales acreditados (ingenieros, aparejadores, arquitectos…) están autorizados a realizar estos informes que se incluyen dentro del denominado proyecto técnico del local en el que aparece información relativa a las dimensiones del negocio, su ubicación y sus características (planos del local, condiciones sanitarias, instalaciones, etc.).
Ésta es una parte fundamental e imprescindible a la hora de tramitar tu licencia de apertura ya que, tal como mencionábamos anteriormente, todos los establecimientos están obligados a ajustarse a una serie de parámetros que varían tanto en función del tipo de actividad como de las exigencias de cada Comunidad Autónoma o Ayuntamiento.
4. ¿Cuánto va a costarte?
El coste de una licencia de apertura es tan variable como las condiciones exigibles para su tramitación favorable. Lo único que está claro es que el precio final está determinado por dos factores.
Por un lado tienes que tener en cuenta la inversión en el proyecto técnico. En Ingeniería Cantabrana podemos ayudarte con este paso ajustando el presupuesto a tus necesidades específicas y a la complejidad del proyecto que estés pensando desarrollar. Siempre has de tener en cuenta que un informe técnico que implique algún tipo de permiso especial eleva el precio final mientras que los proyectos para profesionales en los que no hay obras ni permisos especiales son más económicos.
Por otro lado está la cuestión ineludible de las tasas que se deben abonar al Ayuntamiento y que dependerán del municipio, del tamaño y la ubicación del local y del tipo de actividad que vayas a desarrollar.
5. Procedimiento de solicitud y plazos
A partir de 2012 se introdujo un cambio interesante para locales de menos de 300 m2 que fue conocido como licencia express y que eximía a los propietarios de contar con la licencia de apertura antes de comenzar a funcionar como negocio, previa presentación de una declaración responsable en la que éste se comprometía a contar con la licencia correspondiente en los plazos estipulados.
Es una manera de que los negocios más pequeños puedan empezar a rodar mientras se tramitan las solicitudes de apertura que básicamente se realizan de la siguiente manera:
- El técnico competente elabora el informe técnico del establecimiento.
- El Colegio Oficial otorga un visado del proyecto tras el pago de las tasas correspondientes.
- Se abonan las tasas exigidas por el Ayuntamiento para la tramitación de la licencia.
- El proyecto técnico y los justificantes del abono de tasas se presentan en el Ayuntamiento para iniciar el trámite. Se presenta la declaración responsable que te permite operar.
- Un técnico municipal visita el local para confirmar que los datos presentados en la documentación son correctos y conceder la licencia.
A partir de este momento la concesión se puede demorar varios meses. En caso de que surja algún problema, se te exigirá que lo subsanes o que abones alguna multa si quieres seguir funcionando. Y si el Ayuntamiento no detecta ninguna anomalía te comunicará que cumples todos los requisitos y te otorgará la licencia de apertura.
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